Oficinade Extranjería de Barcelona, sobre la prórroga de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por enfermedad sobrevenida Consultad el documento adjunto. Wed May 25 00:00:00 CEST 2016. Documentos. Comisión de Extranjería Nota
Haypersonas que tienen un permiso de residencia en España, que han obtenido a través de la vía llamada “ Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias ”. Una de las razones para obtener esa autorización es: “Sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia
1Aunque la pérdida del permiso justifica la extinción del contrato de trabajo, el extranjero sin la pertinente autorización no puede verse privado de la protección consecuencia de su contratación pese a su situación irregular en España, precisamente por la validez y eficacia de su contrato respecto a los derechos del trabajador que consagra la ley (LOEX art.35).Laautorización temporal de residencia por razones humanitarias a causa de padecer una grave enfermedad sobrevenida de carácter grave, cuya renovación se instaba a través de la mencionada solicitud, tiene un plazo de vigencia hasta el día [FECHA], por lo que se cumple el requisito de pedir la prórroga durante los sesenta días